¿El personal doméstico con retiro goza de licencia anual por vacaciones?
Si el personal trabaja 4 horas o más por día y 4 días o más por semana, le corresponden vacaciones cuando supera el año de antigüedad, siendo las mismas de 10 días hábiles cuando tenga más de un año de antigüedad y menos de cinco años, 15 días hábiles si tiene más de 5 años y menos de 10 años y 20 días si su antigüedad supera los 10 años. >
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¿Le corresponde el cobro de la asignación universal por hijo a una empleada doméstica que trabaja en relación de dependencia, y a la cual se le hacen los aportes de obra social?
En el Decreto Nº 1.602/2009 no se contempla la incorporación del personal doméstico para el cobro de la asignación universal por hijo. El titular de A.N.Se.S. lo expresó en varios medios periodísticos y en la página de dicho organismo el personal doméstico figura como beneficiario. Quizás esta cuestión sea aclarada por la reglamentación del decreto. >
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¿Cuál es la escala salarial vigente para los trabajadores del servicio doméstico?
La escala salarial vigente para trabajadores domésticos es la de la Resolución Nº 1.538/2008: quinta categoría, 8 horas diarias con retiro $ 1.142. >
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¿Cuál es la escala salarial vigente para personal doméstico por trabajo de 8 horas con retiro?
La escala salarial vigente para trabajadores domésticos fue establecida por la Resolución Nº 1.538/2008, donde se establece para quinta categoría, 8 horas diarias con retiro, una remuneración mensual de $ 1.142. >
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En el caso de que la empleada doméstica sea jubilada, ¿hay algún beneficio en particular por tener esta condición?
Si la trabajadora es jubilada, el dador de trabajo sólo abona la contribución patronal de $ 35 por medio del formulario F. 102. No se hace el aporte de obra social. >
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¿Se aplica el salario mínimo vital y móvil al personal de servicio doméstico, ya que la escala salarial vigente para estos últimos por una jornada diaria de 8 horas es sensiblemente inferior al SMVM vigente?
El incremento del salario mínimo vital y móvil es para los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo y de la administración pública, no incluye al personal doméstico. >
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¿Cuáles son los valores actuales del sueldo mensual, y valor hora de una empleada doméstica con retiro que trabaja diariamente 8 horas?
La Resolución Nº 1.538/2008 (B.O. del 17/12/2008) establece los sueldos para el personal doméstico, quinta categoría: personal con retiro que trabaja diariamente, 8 horas $ 1.142 o $ 8,70 por hora. >
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En el supuesto de desvincular a una empleada doméstica que trabaja 6 horas diarias, ¿cuántos sueldos le corresponden por indemnización por despido y preaviso? ¿Existe la integración mes de despido? En el caso de esta trabajadora no se hacen los aportes de ley, ¿la trabajadora tiene derecho a exigir su pago? ¿Existe algún cargo adicional por no tener la empleada en blanco?
Cuando se produce el despido de una trabajadora encuadrada bajo Decreto-Ley Nº 326/56, si es despedido le corresponden cinco (5) días de preaviso si tiene una antigüedad menor a dos años, y de diez días... >
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En el caso de una empleada doméstica que trabajaba por semana 8 horas, se la despide y no se envió telegrama de despido ¿cómo se informa a la A.F.I.P. y a la obra social que no se presenta más el formulario F. 102?
En el caso de despido de la empleada doméstica no hace falta enviar telegrama. A su vez, el dador de trabajo no tiene que avisar dicha situación a la A.F.I.P. y sólo deja de abonar el F. 102. >
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En el caso de que una empleada doméstica tenga un accidente en su propia casa y tenga que dejar de trabajar temporariamente por una fractura, por ejemplo, ¿la empleadora debe abonarle igual el sueldo por el tiempo que está accidentada hasta que regrese y también realizarle los aportes?
Sólo el personal doméstico sin retiro tiene licencia por enfermedad paga por 30 días (Decreto Nº 326/56).
Libro Recomendado:
[Empleados del Servicio Doméstico (Marcela... >
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¿Cuál es el procedimiento que debe seguirse cuando una empleada doméstica renuncia, debe enviar telegrama, se le debe liquidar indemnización?
Si la trabajadora encuadra en el Decreto-Ley Nº 326/56 corresponde que su renuncia la exprese mediante telegrama. La liquidación final sería por los días trabajados, vacaciones no gozadas y S.A.C. proporcional. No le corresponde indemnización por tratarse de renuncia. Las cargas sociales se abonan con el F. 102 y por el valor mensual que abona normalmente no se incrementa.
Libro recomendado:
[Trabajadores del Servicio... >
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En el caso de una empleada del servicio doméstico que posee 5 años de servicios con los aportes y contribuciones correspondientes; ¿cuántos días de vacaciones le corresponden?
A la trabajadora doméstica le corresponden 15 días hábiles de vacaciones si la antigüedad es superior a 5 años e inferior a 10 años.
Libro recomendado:
[Trabajadores de Servicio Doméstico (Autora: Marcela Medrano)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=9871487035] >
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Si una persona está al cuidado de una persona mayor ¿Corresponde incluirla dentro del régimen de empleada doméstica?
El estatuto del personal doméstico (Decreto Nº 326/56) excluye el cuidado de enfermos. Si puede ser incluida en el régimen de empleada doméstica una dama de compañia, no se realiza alta ni de empleado ni de empleador, solo se abona las cargas sociales con el F.102 –Nuevo Modelo–. >
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Una persona va a pagar los aportes y contribuciones a su personal doméstico ¿Con qué formulario se paga y cuál es el monto si esta persona trabaja entre 6 y 12 horas? ¿Hay algún otro concepto que se deba pagar, mediante qué formulario se realiza?
En el caso de que el empleado trabaje entre 6 y 12 horas semanales le corresponde abonar $20 ($ 8 de obra social y $ 12 de seguridad social) con el F.102 –Nuevo Modelo–. Si quiere tener cobertura médica debe presentar el F.575. >
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En el caso de una empleada de servicio doméstico que ingresó el 15/08/2008 y renunció el día 05/12/2008, además del sueldo y aguinaldo proporcional ¿le corresponden vacaciones no gozadas proporcionales? ¿Cómo se calcularían?
No corresponde liquidar el concepto de vacaciones no gozadas, ya que para tener derecho a la licencia por vacaciones la empleada doméstica tiene que tener más de un (1) año de antigüedad. >
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